Otros trámites
Duplicado de carta de término de servicio social.- ¿Ya acreditaste tu servicio social y necesitas un duplicado de tu carta de término de servicio social?
Requisitos
- Solicitud de Duplicado de carta de término del Servicio Social (podrás encontrar el formato en la parte inferior de está página)
- Copia de tu carta de término de servicio social
- Pago de trámite (Original y copia del comprobante):
- Por la cantidad de 120 pesos a la referencia bancaria de la Universidad de Guadalajara número 90000069121 (podrás encontrar el formato en la parte inferior de está página)
- Nombre completo escrito al frente del voucher.
- Válido solo si fue realizado el mismo año del trámite.
- 4 Fotografías tamaño credencial:
- Blanco y negro, cuadradas, con adhesivo.
- De estudio (no instantáneas).
- Vestimenta formal: camisa y saco.
Baja de servicio social.- El Reglamento General para la prestación y acreditación del Servicio Social de la Universidad de Guadalajara establece 2 tipos de bajas de tu servicio social:
La baja voluntaria donde podrás elegir una nueva plaza para prestar tu servicio social en el calendario siguiente a tu solicitud.
Y la baja justificada, de acuerdo a las causas establecidas en el Artículo 27: Serán causas justificadas para que la persona prestadora de servicio social pueda solicitar la reasignación a otro programa, las siguientes:
I. Sufrir de acoso u hostigamiento;
II. En los casos en los que no se cuenten con las condiciones necesarias para prestar su servicio social, específicamente en el área de la salud;
III. Por motivos de inseguridad, y
IV. Las demás que, dada su gravedad pongan en riesgo su integridad física y psicológica.
Donde podrás ser reasignadx a otro programa en el mismo calendario.
En ambas situaciones será necesario acudir a la unidad de servicio social, con el formato de baja (podrás encontrar el formato en la parte inferior de está página), acompañado de una identificación, este trámite es mera y exclusivamente personal.
Formato de Solicitud de baja de servicio social
Solicitud de excepción por impedimento por discapacidad.- De acuerdo al Artículo 19. Las personas con discapacidad deberán prestar su servicio social en los términos del presente reglamento,
a excepción de aquellos casos en los que su discapacidad les impida realizarlo o cuando la Universidad de Guadalajara no oferte un programa de servicio social adaptado a sus
necesidades, debiendo presentar ante la persona responsable del servicio social de los Centros Universitarios, del Sistema de Educación Media Superior y de las instituciones con REVOE, la siguiente documentación:
- Solicitud para que se le exima de la prestación de su servicio social (Formato libre)
- Certificado de reconocimiento y calificación de discapacidad.
Solicitud de excepción por enfermedad grave o mayor de sesenta años.- De acuerdo al Artículo 20. Quedan exceptuadas de prestar el servicio social, las personas mayores de sesenta años o las que se encuentren impedidas por alguna enfermedad grave, debiendo presentar ante la persona responsable del servicio social de los Centros
Universitarios, del Sistema de Educación Media Superior y de las instituciones con REVOE, la siguiente documentación:
I. Solicitud para que se le exima de la prestación de su servicio social;
II. Documento de identificación oficial vigente, y
III. Constancia médica expedida por alguna institución pública de salud, para el supuesto de enfermedad grave.
Solicitud de prestación de servicio social por proyecto, para personas en situación de rezago.- Artículo 21. Las personas egresadas en situación de rezago para la prestación de su servicio social, mediante la elaboración y ejecución de un proyecto podrán acreditar su servicio social, el cual deberá realizarse por un término no menor de seis meses y tendrá como objetivo generar un impacto social y de apoyo a la comunidad.
La propuesta de dicho proyecto deberá aprobarse previamente por la persona responsable del servicio social de los Centros Universitarios, del Sistema de Educación Media Superior o de las instituciones con REVOE.
Artículo 22. El proyecto de las personas egresadas en situación de rezago deberá contener los siguientes elementos:
I. Objetivo general y objetivos particulares;
II. Introducción;
III. Comunidad y/o grupo específico que se beneficiará con el proyecto;
IV. Cronograma detallado que especifique las etapas, actividades y tiempos de ejecución;
V. Desarrollo del proyecto, y
VI. Resultados, evidencias y alcances del proyecto.
¿Quién es una persona egresada en situación de rezago?
Son las personas mayores de 40 años de edad y con más de 10 años de haber egresado de alguno de los programas educativos de la Universidad de Guadalajara o de instituciones con reconocimiento de validez oficial por la Universidad de Guadalajara;